Decisión salomónica de la UE sobre los derechos de los internautas
Redacción – Con el objetivo de regular, homogeneizar entre los estados miembro y actualizar las regulaciones existentes, la Unión Europea viene discutiendo desde 2007 una serie de disposiciones conocidas como el “Paquete Telecom”. Por ellas se han enfrentado en desigualdad de fuerzas, dos visiones: por un lado los intereses de gobiernos y grandes multinacionales del sector y por otro los defensores de los ciberderechos y formaciones políticas y sociales afines. La victoria final parece que se decanta más hacia estos últimos, pero no de forma totalmente clara.
La principal consecución del acuerdo al que se llegó ayer es que las autoridades gubernamentales de los estados miembros de la Unión no podrán cortar la conexión a Internet de un abonado sin mediar orden judicial, por lo que se desestiman las peticiones de algunos países de poder interrumpir el acceso a Internet con solo tener una sospecha de actividades criminales.
Estas actividades pueden variar desde el terrorismo hasta la descarga de contenidos protegidos por derechos de copyright o de autor, con lo que dicha posibilidad contaba con la aprobación entusiasta de las entidades gestoras. El Parlamente Europeo ya había discutido acaloradamente esta cuestión sin llegar a ponerse de acuerdo hace unos dos meses.
La posibilidad de cortar cualquier conexión a Internet con meras sospechas era muy seductora para gobiernos como el francés (empeñado en una cruzada por restringir los movimientos de sus internautas mediante leyes como la criticada HADOPI), para las operadoras, cada vez más presionadas por las entidades de gestión de derechos y los mismos gobiernos, y finalmente para las mencionadas entidades de gestión de derechos, que así podrían ver crecer su poder en la Red, solicitando cortes en la conexión para cualquier internauta que descargase ni que fuera un fichero MP3.
La fuerza del movimiento cívico que en toda Europa se ha levantado contra estas intenciones ha obligado a ambas partes a encontrar un punto medio. Y este consiste en que la Unión obliga a que el corte de la conexión sea decidido, como comentábamos anteriormente por una autoridad judicial después de un proceso justo en el que se haya escuchado al internauta. Demasiado etéreo.
Las leyes europeas las aplican los estados, amoldándolas en la medida de lo posible a sus propias leyes y sistemas judiciales. Es por ello que pueden existir sensibles diferencias en como se juzgue a un internauta y por qué cargos en cada uno de los estados que conforman la Unión Europea. Los criterios para decidir si es inocente o culpable son, también, susceptibles de variar ostensiblemente.
La decisión de la Unión Europea parece calculada y redactada expresamente para ser lo más adaptable posible a la voluntad de los estados, aunque en su redactado prevé suficientes garantías como para que los internautas del viejo continente puedan sentirse seguros.
Ahora queda por ver como se aplicará en la práctica en cada uno de los territorios, y qué tácticas para obstaculizarla emplearán los gobiernos que le son hostiles.
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